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Trabajadores del campo tendrán acceso al piso de protección social

De acuerdo con la norma, aquellas personas que mensualmente perciban ingresos inferiores a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) como consecuencia de su dedicación parcial a un trabajo, oficio o actividad económica, contarán ahora con un mecanismo de protección social.

 

Integran el Piso de Protección Social, el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, como mecanismo de protección en la vejez y el Seguro Inclusivo, que amparará al trabajador de los riesgos derivados de la actividad laboral y de las enfermedades cubiertas por los BEPS.

 

Así mismo, los trabajadores dependientes que se vinculen al Piso de Protección Social tendrán acceso al Sistema de Subsidio Familiar, una vez se reglamente. (Lea: Campesinos podrán ahorrar entre $ 5.000 y $ 885 mil cada 2 meses)

 

El mecanismo tendrá vinculados obligatorios y voluntarios, en el primer caso, serán las personas que tengan uno o varios vínculos laborales por tiempo parcial y que en virtud de ello reciban un ingreso total mensual inferior a un SMLMV; quienes celebren uno o varios contratos por prestación de servicios y que reciban una contraprestación total mensual inferior a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente después de descontar expensas y costos cuando a ello haya lugar de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Estatuto Tributario; las personas que cuenten con uno o varios vínculos laborales, y simultáneamente, con uno o varios contratos por prestación de servicios, que reciban un ingreso total mensual inferior a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente después de descontar expensas y costos cuando a ello haya lugar de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Estatuto Tributario.

 

 

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