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Procedimiento para compra de tierras quedó en el Plan Nacional de Desarrollo

Es por ello que dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND) que se presentó al Congreso se contempla el mecanismo para la compra de tierras mediante la modalidad de oferta voluntaria el cual se daría en tres pasos: el preliminar, el inicial y el cierre.

 

En el caso de que se trate de la adquisición de predios por negociación directa, será la Agencia Nacional de Tierras (ANT) la encargada en adelantar el procedimiento en fases.

 

La primera fase es la recepción de la oferta por parte de la Agencia que recibirá las propuestas contentivas de voluntad de venta por parte de personas naturales o jurídicas. Allí deberá tener el precio, el número de folio de la matrícula inmobiliaria y demás información con la que se cuente respecto del predio como el nombre, la razón social e identificación de la persona natural o jurídica.

 

En la segunda fase se realizará la verificación de la información del predio por medio de las plataformas de consultas institucionales, capas geográficas, interoperabilidad, uso de las tecnologías de la información y demás métodos indirectos, el cruce del predio objeto de trámite con posibles restricciones y/o condicionantes que restrinjan la potencial adjudicación. (Lea: Fedegán ya ha ofrecido 500.000 hectáreas de tierra para la reforma agraria)

 

Con tal fin, de manera excepcional, consultará a las autoridades competentes, quienes deberán resolver la solicitud en el término máximo de cinco días hábiles contados a partir de su recepción.

 

La tercera fase es la presentación de la oferta. En este punto la Agencia será la encargada de concluir la viabilidad técnico-jurídica del predio, deberá informar de tal situación al solicitante, con el fin de que este, dentro de los siguientes cinco días, presente la oferta en los términos del artículo 845 del Código de Comercio.

 

 

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