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Ganadero: lo que debe saber frente al aislamiento obligatorio

El pronunciamiento del dirigente gremial es el siguiente:

 

Ganadero, como ciudadano y como ganadero colombiano, es importante que usted conozca las implicaciones que, para nuestra actividad, se desprenden del Decreto 457 de 2020, “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus COVID 19 y el mantenimiento del orden público”.

 

Por ello queremos brindarle herramientas para interpretar el decreto, frente a lo que usted puede o no puede hacer, y lo que debe y no debe hacer como ganadero, en este momento difícil que compromete nuestra solidaridad y nuestra responsabilidad social como ciudadanos y como sector productivo.

 

El aislamiento preventivo obligatorio

 

El artículo 1 establece “Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia…”, entre el 25 de marzo y el 13 de abril de 2020.

 

Para concretar esta ORDEN –tengan en cuenta que no es voluntario, sino obligatorio- “se limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional…”.

 

Eso quiere decir que, en general, ningún colombiano está autorizado para salir de su casa durante ese periodo, “con las excepciones previstas en el artículo 3 del presente Decreto”.

 

 

 

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