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El ICA sí verifica el cumplimiento de requisitos de bienestar para la exportación de bovinos en pie

Para realizar esta labor el ICA sigue las directrices de la OIE establecidas en el capítulo 7.2, “Transporte de animales por vía marítima” del código sanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal OIE.

 

Para ejecutarlos dispone de un equipo de médicos veterinarios, quienes, certifican y autorizan la salida de los animales por vía marítima hacía el puerto de embarque, luego de verificar que estos cumplan con las condiciones exigidas en el predio para su exportación. (Lea: Prohibir la exportación de ganado en pie es hacerle grave daño al país y a la ganadería)

 

Dentro de la lista de chequeo los profesionales del ICA revisan la identificación individual, la vacunación vigente contra la fiebre aftosa, ausencia de registros de casos de enfermedades de control oficial y la condición sanitaria de las zonas donde se encuentran los predios, teniendo en cuenta la ausencia de enfermedades como estomatitis vesicular y rabia, entre otros.

 

Previo a iniciar un proceso de exportación entre un productor agropecuario colombiano y un mercado internacional, es importante que se haya establecido un protocolo con la autoridad sanitaria del país de destino, en el que se definen las condiciones sanitarias que deben cumplir los animales para ser recibidos.

 

 

 

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