En vilo tiene al país la aprobación de la reforma tributaria sin mayor debate
Publicado por CONtextoganadero.com on Wednesday, 2 November 2022
Aunque el gobierno considera que se ha dado participación a los diferentes segmentos de la economía para los ajustes que se le han hecho al proyecto, aún hay sectores que no están conformes con el texto de la tributaria porque al final sus observaciones no fueron tenidas en cuenta.
Es el caso de algunos productos lácteos que serán gravados con el impuesto a los "alimentos ultraprocesados" (Partida 04.04.90.00) y pagarán 10 % en 2023, 15 % en 2024 y 20 % en 2025 o el "impuesto a las bebidas azucaradas" Partidas (04.03, 04.04) según el nivel de azúcar añadido.
Allí aparece el yogur; suero de mantequilla (de manteca); leche y nata (crema) cuajadas; kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao.
Así mismo, el lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte. (Lea: Llamado al Congreso para tramitar con responsabilidad la reforma tributaria)
También el proyecto pretende gravar con este impuesto a los “embutidos y productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos; preparaciones alimenticias a base de estos productos, excepto salchichón, mortadela y butifarra”.
De acuerdo con el texto radicado el lunes en la noche se encuentran exentos del impuesto las siguientes bebidas azucaradas: “los derivados lácteos definidos como productos elaborados a partir de leche higienizada coagulada por acción de microrganismos como lactobacillus bulgáricus, streptococcus termóphilus, streptococcus lactis o cremoris, los cuales deben estar abundantes y viables en el producto final, así como las fórmulas infantiles”.