Salud Animal

Programas de control oficial en Colombia
El ICA ha establecido programas de control oficial para los bovinos. En este marco, la Subdirección de Salud y Bienestar Animal de FEDEGÁN-FNG desarrolla la ejecución de los ciclos de vacunación contra la fiebre aftosa, la brucelosis bovina y la rabia de origen silvestre.
Enfermedades de notificación obligatoria:
Se definen de acuerdo con lo establecido en la Resolución 00018426 del 21/08/2025, disponible AQUÍ
FIEBRE AFTOSA
La fiebre aftosa es una enfermedad viral grave, sumamente contagiosa, de repercusiones considerables para los bovinos, bufalinos y porcinos, así como a los ovinos y caprinos, entre otras especies.
El organismo causante de la fiebre aftosa es un aftovirus de la familia Picornaviridae, del cual existen siete cepas (A, O, C, SAT1, SAT2, SAT3, Asia1), dado que las vacunas producen muy baja inmunidad cruzada, se deben elaborar vacunas específicas para las zonas o territorios según el riesgo.
Esta enfermedad es de notificación obligatoria ante la autoridad sanitaria colombiana, el Instituto Colombiano Agropecuario- ICA y está catalogada como una enfermedad que restringe la posibilidad del comercio interno e internacional de animales, genética, carne, leche y en general cualquier producto a partir de las especies susceptibles; está inscrita en la lista del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal OMSA y debe ser declarada también a esta Institución internacional.
En Colombia la Ley 395 de 1997 declara la Fiebre Aftosa de interés social nacional y como prioridad sanitaria su erradicación. A partir de la mencionada ley su normatividad reglamentaria, el Programa Nacional de Erradicación de Fiebre aftosa -PNEFA define y mantiene las estrategias de prevención, vigilancia y control. De igual manera, la metodología de diagnóstico y control de vacunas, según estándares de la OMSA y se lleva a cabo mediante el trabajo conjunto y coordinado entre los sectores público - Ministerio de Agricultura (MADR) e ICA, y el sector privado a través de FEDEGAN-FNG, gremios ganaderos, en especial las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (OEGA) como responsables de los proyectos locales de la vacunación contra fiebre aftosa, laboratorios productores de vacuna y demás actores del sector ganadero, lo cual ha permitido resultados significativos a nivel sanitario y de apertura de mercados.
Estatus Sanitario en Fiebre Aftosa
La acción coordinada entre los sectores público y privado permitió la certificación del territorio nacional por etapas en los años 2001, 2003, 2005 y 2007, y la certificación de toda Colombia, en mayo de 2009, como País Libre de Fiebre Aftosa con Vacunación, por parte de la Organización Mundial de Sanidad Animal OMSA antes OIE.
En octubre de 2018, durante la administración del ciclo de vacunación (2016 -2018) por parte de la Cuenta de Carne y Leche – CNCL, Colombia recibió una suspensión del estatus sanitario de país libre de fiebre aftosa con vacunación, a raíz de los brotes ocurridos por fuera de la zona de contención aprobada por la autoridad sanitaria internacional, OMSA.
En 2019, la Federación Colombiana de Ganaderos– FEDEGAN retoma la ejecución de los ciclos de vacunación, al recibir nuevamente la administración de los recursos parafiscales, mediante el contrato No. 20190001 del cuatro (4) de enero de 2019, entre el MADR y FEDEGAN cuyo objeto es "Contratar la administración, recaudo final e inversión delas Cuotas de Fomento Ganadero y Lechero, con el fin de desarrollar los objetivos previstos en la Ley 89 de 1993, la Ley 101 de 1993 los lineamientos de política establecidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y las demás normas que regulen la materia”.
Figura 2. Mapa Estatus oficial de fiebre aftosa de los miembros de la OMSA
Fuente: Estatus oficial OMSA febrero 2026
A partir del análisis del riesgo al que se enfrenta Colombia y teniendo en cuenta las amplia frontera común con la República Bolivariana de Venezuela, que expone a Colombia al riesgo de reintroducción del virus de fiebre aftosa desde dicho país, dado que este no cuenta con estatus sanitario reconocido, se hizo necesario introducir una estrategia que incorpore conceptos de regionalización y zonificación, siguiendo las pautas del Código Sanitario de los Animales Terrestres de la OMSA, aplicando medidas sanitarias adicionales de vigilancia, regulación de la movilización, comercialización de animales y productos pecuarios.
Según lo anterior, en junio de 2020, de conformidad con el Código Sanitario para los Animales Terrestres (2019), se aprobó el reconocimiento del país, por Zonas Libres de Fiebre Aftosa con vacunación y finalmente entre los años 2022 (Resolución 20792) y 2023 (Resolución 8154) se obtuvo el reconocimiento de los territorios que hacían parte de la Zona de Alta Vigilancia y la zona de Protección de la zona libre con vacunación, con lo cual a partir del año 2023 todo el territorio nacional cuenta con estatus sanitario frente a fiebre aftosa como se presenta a continuación:
Zonas libres sin vacunación: Departamento del Chocó: Acandí, Bahía Solano, Bojayá, Carmen del Darién (margen izquierda del río Atrato) y Unguía.
Zonas Insulares: Departamento San Andrés, Providencia y Santa Catalina: los islotes o bancos de Alicia, Serrana, Serranilla y Quitasueño, El Bajo Nuevo y los cayos principales denominados Alburquerque, Roncador, East South, East, Blowing Rocks, Cangrejo, Casabaja, Cordoba, Valle, Hermanos, Rocoso, Rosa (Rosecay), Santander y Sucre (Johnny Cay). Isla de Malpelo y Gorgona.

Figura 3. Zonificación Colombia fiebre aftosa 2025.
Ciclos de Vacunación en Colombia
Con base en la normativa vigente, el ICA establece la ejecución de dos ciclos de vacunación anuales contra la fiebre aftosa, los cuales se desarrollan generalmente en los periodos de mayo-junio y noviembre-diciembre. A través de resoluciones específicas, el Instituto define tanto el periodo como las condiciones técnicas de cada ciclo, incluyendo la vacunación contra la brucelosis bovina (para terneras y bucerras entre los 3 y 9 meses de edad) y contra la rabia de origen silvestre en las zonas de riesgo del territorio nacional.
Para la ejecución de estos ciclos, FEDEGÁN-FNG cuenta con una estructura jerárquica de dos niveles que garantiza la coordinación entre la planificación estratégica central y la ejecución operativa regional. Este modelo, apoyado por las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (OEGA), permite asegurar una cobertura nacional integral.
Nivel Central: Coordinación Estratégica
Nivel Regional: Ejecución operativa regional
Durante los ciclos de vacunación, el Programa amplía significativamente su capacidad operativa mediante la vinculación temporal de más de 5.000 trabajadores en misión, creando un modelo operativo flexible y escalable garantizando una cobertura nacional efectiva.

Figura 5. Mapa cobertura geográfica coordinaciones regionales

Figura 6. Mapa cobertura geográfica proyectos locales
Vacunación contra fiebre aftosa
El ICA ha establecido, que todos los animales de la especies bovina y bufalina existentes en el territorio nacional deben ser vacunados contra fiebre aftosa en los ciclos definidos por el Instituto, se exceptúa del ámbito de aplicación para vacunación de Fiebre Aftosa, a las especies bovinas y bufalinas que estén ubicadas en las zonas declaradas libres de fiebre aftosa sin vacunación, las cuales se encuentran en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las islas de Gorgona y Malpelo y el Urabá Chocoano, conformado por los municipios de Acandí, Bahía Solano, Bojayá, Carmen del Darién (margen izquierda del río Atrato), Juradó, Riosucio (margen izquierda del río Atrato) y Unguía de acuerdo a lo definido por la OMSA e incluidas en la Resolución ICA 20792 de 2022.
En el año 2024 el ICA inició el proceso para presentar una nueva zona libre sin vacunación ante la OMSA, para ese momento se exceptuaron de la vacunación los departamentos de Amazonas, Vaupés, Guainía y el municipio de Miraflores en el departamento de Guaviare, para el año 2025 la excepción no mantuvo al departamento de Guainía, que a partir del ciclo 1 2025 volvió a ser objeto de vacunación contra fiebre aftosa.
Resultados de los ciclos de vacunación:
La información correspondiente al ciclo de vacunación más reciente se encuentra disponible en el siguiente enlace:
En el siguiente enlace Series Históricas | Fedegán, encuentra la información histórica desde el ciclo 1 del año 2019. Allí se encuentra detallada la información relacionada con coberturas contra fiebre aftosa e inventarios de predios, bovinos y bufalinos, por sexo, grupo etario y tamaño de predio.

Figura 7. Distribución cobertura en predios de la vacunación contra fiebre aftosa ciclo 2 2025
Figura 8. Histórico de vacunación y focos de fiebre aftosa
Figura 9. Relación de coberturas de vacunación y focos de fiebre aftosa
BRUCELOSIS BOVINA
La Brucelosis bovina o aborto infeccioso es una enfermedad zoonótica (común a los animales y al hombre), que afecta al ser humano en forma severa y a diferentes especies animales, produciendo importantes pérdidas económicas.
Desde el año 2002, FEDEGAN-FNG por directriz del ICA, realiza la vacunación masiva y cíclica de terneras y bucerras, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Control de la Brucelosis Bovina, aplicando de manera gratuita la vacuna Cepa 19 o con pago por parte del ganadero de la Cepa RB 51.
En Colombia la Resolución 075495 de 2020 establece las medidas sanitarias para la prevención y control de la Brucella abortus en las especies bovina, bufalina, ovina, caprina, porcina y équida dentro del territorio nacional como una de las enfermedades de interés nacional y cuya ocurrencia es de notificación obligatoria.
Con relación a la Brucelosis bovina se vacuna a toda hembra bovina y bufalina entre los tres (3) y hasta los (9) meses de edad existentes en el territorio nacional, con excepción de aquellas que se encuentren ubicadas en las zonas autodeclaradas libres y avaladas por la OMSA que en la actualidad son: la Provincia de García Rovira en el departamento de Santander, y el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
La definición de la vacunación se encuentra establecida en la Resolución 75495 de 2020, modificada por la Resolución 1390 de 2024.
Los resultados de vacunación para el ciclo 2 2025 se presentan a continuación:

Figura 10. Cobertura predios vacunados contra brucelosis bovina

Figura 11. Cobertura hembras vacunadas contra brucelosis bovina
La cobertura de vacunación en terneras y bucerras desde el ciclo 1 2019 hasta el ciclo 2 2025 se presentan a continuación:
Para otras actividades relacionadas con este programa, puede visitar la página del ICA en el siguiente LINK
RABIA DE ORIGEN SIVESTRE
La rabia es una enfermedad zoonótica viral que afecta al sistema nervioso central de los mamíferos, incluidos los seres humanos, es una enfermedad que lleva a la muerte a prácticamente el 100% de los afectados si estos no son tratados a tiempo. Es una enfermedad inscrita en la lista del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), y es de reporte obligatorio ante el ICA.
El Instituto establece en la resolución del ciclo de vacunación contra fiebre aftosa, las zonas de riesgo donde se hace obligatoria también la vacunación contra Rabia de Origen Silvestre de los bovinos y bufalinos.
A continuación, se presentan los resultados de la vacunación para el ciclo 2 2025 en las zonas establecidas como obligatorias.
Otras enfermedades de control oficial para la especie bovina
Tuberculosis bovina
La tuberculosis bovina (TB) es una enfermedad zoonótica bacteriana crónica de los animales y del ser humano causada Mycobacterium bovis. Es una importante enfermedad infecciosa del ganado bovino que también afecta a otros animales domésticos, a ciertos animales silvestres (en Colombia no se cuenta con reportes en estas especies) y que produce un estado general de enfermedad, neumonía, pérdida de peso y, a la larga, la muerte.
Es una enfermedad muy importante en salud pública y una zoonosis de alto riesgo de salud ocupacional. Puede afectar a todos los mamíferos, en los que provoca en términos generales un deterioro del estado general de salud.
La totalidad de actividades del Programa Nacional de Prevención y Control de Tuberculosis bovina, están a cargo del ICA. Para información sobre este programa puede visitar el siguiente LINK
Actualmente, la resolución No.115687 (24/12/2021) “Establece las medidas sanitarias para la prevención, el control y erradicación de Tuberculosis Bovina en las especies bovina y bufalina en Colombia y los requisitos para certificación de predios libres de Tuberculosis Bovina
Encefalopatía Espongiforme Bovina
La encefalopatía espongiforme bovina (EEB) es una enfermedad progresiva y fatal del sistema nervioso del ganado bovino. La EEB es causada por la acumulación de una proteína anormal denominada “prion” en el tejido nervioso. Se pueden distinguir dos formas: la forma clásica de EEB (causada por el agente de la EEB de tipo C) que se produce en los bovinos tras la ingestión del prion en piensos contaminados; y la forma atípica de EEB (causados por agentes de tipo H y L) que se cree que aparece de forma espontánea en todas las poblaciones bovinas. La forma clásica de la EEB se detectó por primera vez en 1986, y la implementación de medidas de control apropiadas ha conducido a una disminución en todo el mundo (OMSA).
Colombia cuenta con el Programa Nacional de Prevención y vigilancia de Encefalopatía Espongiforme Bovina que ha permitido que el país mantenga el estatus de país en que el riesgo de encefalopatía espongiforme bovina es insignificante otorgado por la OMSA.


















