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Claroscuros a lo Rembrandt

Debo precisar mi papel en la Mesa, como una voz que sacude la inercia de una negociación entre un gobierno de izquierda y una guerrilla comunista, ambos con una visión de “pueblo” donde solo están las minorías, sectores populares, campesinos y sindicatos, entre otros; pero no parece caber toda la clase media, el empresariado y otros sectores no afines a los que siento estar representando.
 
En ese contexto, estuve en desacuerdo con que, para las tareas instrumentales del diseño del Modelo se consultara a la sociedad a través de una compleja instancia corporativa, pero ante la presión del ELN, al menos logré que se incorporarán al Comité varios miembros de Consejo Gremial y organizaciones como ACORE y el Instituto de Ciencia Política, los cuales, aun siendo minoría, protestaron frente al desbordamiento del Comité.
 
Mi posición, planteada en una carta a la jefe de la delegación gubernamental, y la protesta de los sectores que rompieron la homogeneidad del Comité tuvo resultados, pues una cosa fue el Modelo de Participación del Acuerdo 28 y otra la propuesta desbordada del CNP, sobre todo en la pretensión de imponer agenda temática y la interpretación sobre una “condición vinculante automática” a partir de la participación de “8.000 voces”, con lo cual, prácticamente, se “defenestraba” a la Mesa y se desconocía la misión constitucional del Congreso en la discusión y aprobación de políticas públicas
En cuanto al Acuerdo 28, señalaré sus “claroscuros” frente a los dos aspectos mencionados. El Acuerdo no incluye la pretendida condición vinculante a partir de “la toma de decisiones de las y los participantes…”, dejando claro que las comunidades proponen, pero solo la Mesa dispone; tal como propuse y quedó desde el Acuerdo 9 de Participación.
 
Así las cosas, aunque no se señale expresamente -una de sus penumbras- es claro que ni el Comité de Participación sustituye a la Mesa de Diálogos, ni la Mesa puede sustituir a las instituciones democráticas consagradas en la Constitución, el Congreso en primer lugar. Por tanto, si bien los acuerdos de la Mesa son de obligatorio cumplimiento y deben convertirse en políticas públicas, esa obligatoriedad está supeditada a las competencias del Congreso para discutir, aprobar, modificar o improbar las propuestas de política pública o de modificaciones institucionales surgidas de la Mesa.
 
En cuanto a la pretensión de imponer una agenda, el Acuerdo 28 dio luz al eliminar temas como la democracia directa, la política de seguridad y la referencia al Acuerdo de Escazú, y al apelar a la formula menos controversial de apenas proponer temas de diálogo, pero dejó en la penumbra el desbordamiento de Comité en su limitado objetivo de definir métodos y procedimientos.
 
El último y gran claroscuro: Aunque no hay reportes de secuestros por parte del ELN, el Acuerdo se firmó a pesar de su anuncio amenazante de que seguirán cometiendo ese delito.
 
El claroscuro, que inmortalizó a Rembrandt en Holanda y a Caravaggio en Italia, deja en la penumbra, a conveniencia del artista, lo que no se considera importante para darle peso a lo que se quiere iluminar y resaltar.
 
Algo así sucedió con el Acuerdo 28, el cual, sin embargo, con sus claros y sus oscuros, logró reafirmar la condición suprema de la Mesa y, con ella, la continuidad del proceso.
 
@jflafaurie
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