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Con nuevo proyecto de ley buscan reglamentar la exportación marítima de ganado

De acuerdo con el texto propuesto se establece que “el objeto de la presente ley es erradicar el sufrimiento extremo e innecesario que se les causa a los animales que son exportados vivos o “en pie” por vía marítima y proteger la moral pública y social relativa al cuidado de todos los seres vivos sintientes”.

 

En la parte reglamentaria se establece que el ICA creará el Certificado de Bienestar Animal para la Exportación de Bovinos en Pie, para lo cual se deberán cumplir una serie de requisitos previos al zarpe, después del desembarque y por parte de las embarcaciones.

 

En cuanto a los requisitos previos al zarpe se indica que es necesario contar con un plan de viaje que informe los datos relevantes de la exportación, tales como fechas de embarque, duración del trayecto, número de animales a ser embarcados, distribución en los corrales, planes de contingencia, entre otros.

 

Así mismo, se debe contar con un informe del estado de sanidad y bienestar animal expedido por el ICA. (Lea: Exportaciones de ganado dinamizan la economía ganadera interna)

 

Igualmente hay que informar el nombre e identificación del equipo interdisciplinario que acompañará a los animales en el cargue, trayecto y descargue, el cual estará integrado por al menos un médico veterinario y/o médico veterinario zootecnista y un técnico agropecuario por cada 1000 animales.

 

Antes de la salida de los animales del puerto, el ICA debe inspeccionar y aprobar las condiciones para el alojamiento de los animales, incluyendo disponibilidad de alimento, agua potable, medicamentos y equipos para la atención de emergencias en el viaje, ausencia de elementos que les puedan ocasionar lesión, dolor o sufrimiento, procedimientos para su manejo, sacrificio humanitario, manejo de mortalidades, manejo de animales enfermos, registro de tratamientos médico veterinarios, entre otras.

 

 

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