Señor recaudador:
Publicado por Fedegán on Monday, 3 August 2015
La disposición anterior, permite que hasta el veintitrés (23) de octubre de 2015, usted obtenga la reducción del 60% de los intereses moratorios generados por la cuota parafiscal no transferida oportunamente, correspondiente al año 2012 y anteriores
Lo invitamos a acogerse a dicho beneficio, no dude en comunicarse con nosotros: (1) 578 20 20 Ext. Ext. 577, 507, 508, 629 321 426 75 83 -321 427 13 70 -320 477 33 02 -318 305 93 13.