Avalúos catastrales: la quiebra del campo

En el último consejo de ministros el presidente Petro la emprendió nuevamente contra “la parrandada (sic) de terratenientes improductivos que no pagan impuesto sobre la tierra”.
FALSO. Todos los propietarios de tierra pagan impuesto, con pocas excepciones, una de ellas la de los indígenas terratenientes, ellos sí improductivos y además exentos, a quienes el Ministerio de Hacienda les paga el predial con la plata de nuestros impuestos.
La afirmación presidencial es poco menos que infame, pues no estamos ante contribuyentes ladrones, como sugiere Petro tendenciosamente, sino ante un Estado negligente. El propietario de tierra, grande, mediano o pequeño paga lo que le cobran, pero si las autoridades catastrales no hacen las actualizaciones a que están obligadas… ¿quién es el culpable?
El presidente se refirió a una convocatoria de paro por el incremento de los avalúos catastrales, resultado de la actualización masiva que ordena el artículo 49 de la Ley del Plan de Desarrollo. No sé de esa convocatoria, pero el artículo 49, aunque cree remediar un desfase histórico, termina siendo un despropósito, como la resolución del IGAC 2057/25, cuya metodología pongo en duda por sus resultados, que establecen porcentajes de incremento del avalúo catastral que rayan en el absurdo, para zonas rurales de 527 municipios.
Por ello, también pongo en duda que los ajustes realmente consulten el artículo 9º de la Ley Agraria (L. 101/93) la cual establece que cuando las normas sobre el uso de la tierra no permitan aprovechamientos diferentes de los agropecuarios, los avalúos no podrán tener en cuenta ninguna consideración distinta a la capacidad productiva y la rentabilidad de los predios.
Los ejemplos son de Ripley: en la región 18 de Saravena, Arauca, el incremento supera el 2.500.000% (leyó bien: dos millones quinientos mil por ciento) y el promedio departamental el 201.000%. En Atlántico el promedio supera el 18.000% y siete departamentos tienen incrementos promedio superiores al 1.000%, lo que no es consuelo para Amazonas y Tolima con 900%, o para Nariño, departamento minifundista y agobiado por la violencia, con incremento promedio del 766%. Petro afirmó que la medida no era para los pobres, pero me temo que también es falso.
El anexo metodológico incluye una “confesión de parte” de esa culpabilidad del Estado: “El rezago… se relaciona con la falta de implementación de lo dispuesto en el artículo 24 de la ley 145 de 2011, que establece la obligación de las autoridades catastrales de actualizar los catastros en periodos de cinco años”. Esa “falta de implementación” es, sencillamente, el incumplimiento de una obligación legal…, sin que nada pase. Según el IGAC, el catastro rural presenta un rezago promedio de 15 años, pero hay municipios con 20 y 30 años sin actualización.
Es inobjetable que, ya sea por negligencia o falta de recursos, el rezago es un “error omisivo” del Estado durante años y, por tanto, su corrección no puede afectar “de golpe y porrazo” el bolsillo de los propietarios de tierra, sino que debe tener una gradualidad acorde con los tiempos del error estatal.
La afectación económica no es de poca monta, pues el predial, a pesar de las limitaciones legales a su aumento anual, tendrá una tendencia incremental durante varias vigencias, que debería atenuarse con una justa gradualidad en el incremento de los avalúos, y con la aplicación de tarifas mínimas por parte de los municipios.
La Resolución 2057 es, literalmente, una exacción que afectará al sector agropecuario con una carga impositiva que no consulta la situación del campo, donde todo falta y solo sobran el abandono y la violencia. Es un camino hacia la quiebra rural, un riesgo ante el cual…, debemos movilizarnos.
@jflafaurie








