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ICA modificó requisitos de movilización de animales

De acuerdo con la entidad sanitaria, con las nuevas modificaciones que se establecieron en la resolución 6605, los usuarios que movilizan bovinos o bufalinos con destinos a los departamentos de frontera con Venezuela, como Cesar, Norte de Santander, La Guajira, Arauca, Vichada y el municipio de Cubará en Boyacá, deberán seguir realizando la solicitud de la guía sanitaria con 48 horas de anticipación al viaje de los semovientes. (Lea: ICA pone en consulta pública norma de movilización de ganado)
 
Igualmente, el usuario deberá diligenciar la forma 3-1052 en su totalidad y el ICA realizará de forma aleatoria visitas en el embarque y en el arribo de los animales.
 
Además, los vehículos solo serán precintados si existe visita de personal del Instituto al embarque de los animales. De otra parte, la obligatoriedad de identificación de los bovinos mediante el Dispositivo de Identificación Nacional, DIN, aplica únicamente para las movilizaciones con destino a la  Zona de Alta Vigilancia, ZAV.
 
“En aras de mitigar el riesgo sanitario que generan las enfermedades que afectan la producción pecuaria del país, entre ellas la fiebre aftosa, y teniendo en cuenta que Venezuela cuenta con un estatus sanitario diferente al que ostenta Colombia, se deben establecer condiciones diferentes para las movilizaciones hacia y desde los departamentos de frontera con ese país”, explicó el gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez. (Lea: ICA no ha publicado normas claras para el transporte de animales)
 
 
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